Se declara: Desistido el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, contra la decisión de fecha 17 de diciembre de 2006, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial estado Monagas, en juicio de cobro de diferencia de prestaciones sociales, incoado por el ciudadano WILLIAM ANTONIO SALAZAR RONDON contra las empresas PERENCO VENEZUELA, S.A. y PDVSA PETROLEO, S.A., ya identificados; en consecuencia, queda confirmada la referida decisión. Se acuerda oficiar al Tribunal Disciplinario del Colegio de Abogados del estado Monagas, remitiendo copia certificada de todas las actas procesales que conforman el recurso de apelación, a fin que sean analizadas y puedan establecerse las responsabilidades legales a que haya lugar.