DISPOSITIVO
Con fundamento a las consideraciones de hecho y derecho ut supra referidas, este TRIBUNAL DECIMO CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA COMO ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO de la causante, LENNY MARGARITA CORREA CANALES, quien en vida fue venezolana, mayor de edad, portadora de la cedula de identidad Nº V-2.877.865, con defunción en fecha nueve (09) de Diciembre de 2025, en esta Ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, conforme se evidencia del acta de defunción signada con el Nº 1467, emanada de la Unidad de Registro Civil De la Parroquia de CRISTO ARANZA del Municipio Maracaibo del estado Zulia, Al ciudadano HUGO ANTONIO ARIAS PACHECO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No.. V-3.278.245, respectivamente......