PRIMERO: ANULA DE OFICIO la decisión Nro. 0636-19, de fecha 28 de octubre de 2019, dictada por el Juzgado Tercero (3º) de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control, con Competencia en Ilícitos Económicos de este circuito Judicial Penal del estado Zulia; por existir violación al Principio del Debido Proceso y del Derecho a la Defensa que le asisten a los acusados de autos, conforme a lo previsto en el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ello en armonía con lo establecido en los artículos 174, 175, 179 y 180 del Código Orgánico Procesal Penal, así como al criterio jurisprudencial emanado de la Sala Constitucional del Máximo Tribunal de la República, en las Sentencias ut- supra transcritas en el cuerpo del presente fallo, referidas a las nulidades de oficio decretadas por las Cortes de Apelaciones,
SEGUNDO: ORDENA que un Órgano Subjetivo distinto al que dictó la decisión recurrida, realice la audiencia preliminar, de conformidad con lo previst.....