En consecuencia este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, Administrado Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO suscrito por la apoderada judicial de la parte demandante y la parte demandada, en el juicio de "NULIDAD DE ACTAS" seguido por JOSE ENRIQUE AVILA YAJURE, OSMEDY JESUS COLMENARES, JASON ENRIQUE MORA CASTRO, WIRGEN ANTONIO BERMUDEZ MEDINA, JUAN FIDILBERTO MORA JIMENEZ, WILMER ENRIQUE MORA JIMENEZ, JEAN CARLOS CATARI, y GILBERTO BOLIVAR CASTELLANOS, contra la COOPERATIVA LOS CERTURIONES, R.S. y el ciudadano JUAN CARLOS NAVARRO COLMAN, ya antes identificados, pasando en autoridad de cosa juzgada y no se archiva expediente por estar pendiente la obligación. ASI SE DECLARA.-
SEGUNDO: Se ordena la SUSPENSION DE DICHA MEDIDA INNOMINADA ordenando of.....