En consecuencia, este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Machiques de Perijá, Rosario de Perijá y La Cañada de Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara formalmente Secuestrado Judicialmente el bien inmueble señalado, descrito, avaluado y alinderado y hace entrega del mismo al Secuestratario Judicial Provisional nombrado y juramentado a los fines de su guarda y custodia. Ofíciese al Registro Subalterno correspondiente participando lo conducente. Cumplida como ha sido la comisión conferida se ordena remitir las presentes actuaciones al Tribunal de la Causa. Certifíquese copias de estas actuaciones para que sean archivadas en este Juzgado Ejecutor.