DISPOSITIVO:
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN OCCIDENTAL, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: Improcedente la falta de jurisdicción alegada y se ordena consultar la decisión con la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, a quien se decide remitir copia certificada de las actuaciones, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59 y 62 del Código de Procedimiento Civil
Segundo: Improcedente solicitud de intervención forzosa de la empresa PDVSA Petróleo, S.A. de conformidad con lo establecido el artículo 370, ordinal 4° del Código de Procedimiento Civil.
Tercero: CON LUGAR el Recurso de Amparo Constitucional intentado por el ciudadano ABRAHAM SUÁREZ MEDINA, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos ANDRY JOSE LEAL SALAS, RENE ANTONIO HENRÍQUEZ, JOSÉ URBINA, JUAN JOSÉ MORENO QUIROZ, ADELSO ENRIQU.....