Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, actuando de conformidad con lo establecido en el artículo 242 del Código de Procedimiento Civil, declara:
HOMOLOGADO el desistimiento del procedimiento efectuado por el abogado en ejercicio JOSE ANTONIO BARBOZA FARÍA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-5.186.977, e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 53.680, en su condición de presidente de la sociedad mercantil CENTRO COMERCIAL LA CASCADA, COMPAÑÍA ANÓNIMA, inscrita en el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha diecisiete (17) de noviembre de 2008, bajo el número 3, tomo 107-A RM 4TO, en la presente solicitud de .....