PRIMERO: NIEGA LA HOMOLOGACIÓN DEL ACUERDO TRANSACCIONAL celebrado entre la ciudadana DAGNI MARLENI BARRETO PÉREZ, con la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO LAGUNILLAS DEL ESTADO ZULIA, antes identificados, en el juicio seguido por cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales. SEGUNDO: Se ordena la continuación del presente proceso, para lo cual se fija el día miércoles, veintiséis (26) de noviembre de 2014, a las 10:00 a.m., para llevar a cabo la audiencia de juicio oral y pública, sin notificar a las partes por encontrarse a derecho. TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de lo aquí decidido. CUARTO: Se ordena la notificación al Sindico Procurador Municipal de la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO LAGUNILLAS DEL ESTADO ZULIA, del presente fallo, con oficio y copia certificada esta decisión, en los términos establecidos en el artículo 152 de la Ley Orgánica del Poder Publico Municipal.