En consecuencia, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
a) HOMOLOGADA LA TRANSACCIÓN celebrada por las partes, ciudadano CLAUDIO SEGUNDO GONZALEZ AUVERT, en representación de la Firma Mercantil TRANSPORTE YOYO, en su carácter de Acreedor Quirografario en la Quiebra, asistido de abogada, y el Sindico designado abogado GUSTAVO ACOSTA, en la solicitud de QUIEBRA formulada por la SOCIEDAD ANÓNIMA TÉCNICA DE CONSERVACIÓN AMBIENTAL DE LAGUNILLAS (SATECA), ya identificados, da su aprobación a la misma, pasándola en autoridad de cosa juzgada.-