Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos por los ciudadanos Alfredo José González y Yusmary Emilia Franco Chourio, mayores de edad, venezolanos, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 10.467.135 y 14.283.935, respectivamente, debidamente asistidos por el abogado en ejercicio José Luis Rodríguez Villarroel inscrito en el Inpreabogado bajo el No.52.611, fundamentada en el contenido del artículo 185-A del Código Civil. En consecuencia, se disuelve por Divorcio el vinculo conyugal contraído por los ciudadanos Alfredo José González y Yusmary Emilia Franco Chourio en fecha en el quince (15) de marzo de.....