Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud, en consecuencia, este Tribunal dispone lo siguiente:
1. Tener el presente fallo como Acta de Nacimiento de la ciudadana JACKELINE COROMOTO MIQUILENA RODRIGUEZ, hija de la ciudadana EGOLIA VICTORIA MIQUILENA RODRIGUEZ, titular de la Cédula de Identidad No. V- 17.181.494, nacida el día SIETE (07) de ABRIL del año mil novecientos setenta y siete (1977), en la Maternidad Dr. Armando Castillo Plaza de Maracaibo, en jurisdicción de la Parroquia Chiquinquirá, Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia
2. Que el ciudadano Jefe Civil de la Parroquia Chiquinquirá, Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia y el Registrador Principal del Estado Zulia, procedan a insertar en los Libros de .....