Por los fundamentos antes expuestos éste Juzgado de los Municipios Catatumbo y Jesús María Semprún de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decide:
DECLARA CON LUGAR la Acción Interpuesta por la ciudadana: NELE PORTILLO CONTRERAS, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-22.122.047, domiciliada en el Municipio Jesús Maria Semprún del Estado Zulia, actuando en nombre y representación de sus hijos de la adolescente y los niños: IDENTIDAD OMITIDA CASTELLANO PORTILLO, de 12, 08, Y 05, años de edad, en contra del ciudadano: JORGE ORLANDO CASTELLANO ALVAREZ, extranjero, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N°: E-88.234.380, domiciliado en Casigua El Cubo, sector Campo Rojo, Municipio Jesús Maria Semprún del Estado Zulia; y lo condena a pagar las cantidades establecidas en el embargo preventivo dictado por ente Tribunal en f.....