En este estado este tribunal vista y oída la exposición de la apoderada MARIA JARAMILLO, acuerda y ordena el regreso a su sede de origen luego de escuchar la exposición de la notificada. Así mismo este órgano ejecutor ordena no remitir el expediente, por cuando no ha cumplido su misión de Embargo Preventivo decretada en el juicio de COBRO DE BOLIVARES ( INTIMACION), seguido por la Sociedad Mercantil BANCO PROVINCIAL S.A, BANCO UNIVERSAL en contra de ALDRY DAVID ROMERO, incoado por ante el JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMON BOLIVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO JUDICIAL. Se deja constancia que en la practica del presente traslado no se genero tasas para emolumentos algunos para este tribunal. Es todo. Termino, se leyó y conformen firman, siendo la una de la tarde. Concluyo el acto
LA JUEZ
ABOG. GREGORIA MEJIAS
EL.............
... APODERADO ACTOR y SECUESTRATARIO DE BIENES
LOS FUNCIONARI.....