Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO DEL MUNICIPIO BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud, en consecuencia, ordena rectificar el acta de matrimonio No. 70, de los ciudadanos JOSÉ HERNÁN BRICEÑO Y ANA CECILIA MOSQUERA RODRÍGUEZ, asentada en fecha 18 de Diciembre de 1952, correspondiente al Libro de Registro de Matrimonios llevado por la Jefatura Civil del Municipio Libertador, hoy Jefatura Civil de la Parroquia Libertador, Municipio Baralt del Estado Zulia en el año 1952, en el sentido que se corrija en su contexto lo siguiente:
1.- En su contenido donde se lee ANGELA CECILIA MOSQUERA RODRÍGUEZ debe leerse ANA CECILIA MOSQUERA RODRÍGUEZ. Así se declara.