DISPOSITIVA:
Este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Juicio de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia, En Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley en virtud del uso de la figura de Admisión de los Hechos por parte del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, de acuerdo con el artículo 545 de la Lopna, este Tribunal lo condena a cumplir una sanción de UN (01) AÑO de LIBERTAD ASISTIDA conforme a los artículos 583 y 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 453 numeral 4° del Código Penal en perjuicio del ciudadano ZAN NASSANI AREF ALEX. Se acuerda remitir la presente causa al Tribunal de Ejecución una vez vencido el lapso legal, a los fines de la ejecución de la medida impuesta. Cesan las Medidas Cautelares impuestas en su oportunidad. Ofíciese al Departamento de.....