Por los hechos y fundamentos legales antes explanados, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley actuando de conformidad con lo establecido en el Artículo 242 del Código de Procedimiento Civil, procede a declarar, PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por Resolución de Contrato y Desalojo intentada por la ciudadana BIBIANA MANAU ARAUJO contra el ciudadano YURI ISRAEL ORTEGA SOTELO, quedando el dispositivo planteado de la siguiente manera:
CON LUGAR la pretensión de RESOLUCIÓN DEL CONTRATO de Arrendamiento autenticado ante la Notaría Pública de San Francisco el día quince (15) de enero de 2003, anotado con el número 63, tomo 2 y suscrito por los ciudadanos JOSÉ NICOLÁS GIL y YURI ISRAEL ORTEGA SOTELO, en consecuencia, se ordena otorgar la tenencia del inmueble a la ciudadana BIBIANA MANAU ARAUJO.
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