Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO SEPTIMO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR EL ARCHIVO FISCAL Y EL CESE DE LA MEDIDA CAUTELAR, a favor de la imputada ROSA ANGELICA FRANCO PERDOMO, el cual fue decretada por la Fiscalía Tercera Auxiliar del Ministerio Público, de conformidad con lo establecido en el Artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese la presente resolución, notifíquese a las partes y remítase a la aludida fiscalía en su debida oportunidad.-