DISPOSITIVO
Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, en la pieza de medidas surgida en el juicio que por COBRO DE CUOTAS DE CONDOMINIO, sigue la JUNTA DE CONDOMINIO DE EDIFICIO RESIDENCIAS PALO ALTO, constituida según consta en documento de condominio registrado por ante el Registro Público del Primer Circuito del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en fecha 18 de septiembre del 2009, bajo el Nº 2, folio 05 del tomo 45, en contra de la ciudadana EDITH ALVAREZ ESPINOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 13.130.145; declara:
UNICO: SE NIEGA POR IMPROCEDENTE LA MEDIDA PROVISIONAL DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR solicitada por la representación judicial de la parte demandante, en razón de los fundamentos y consideraciones expue.....