el Tribunal comprobado cómo ha sido el derecho que los solicitantes alega y administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara las anteriores actuaciones TITULO DE POSESION (Bienhechurias), a favor del ciudadano ZANE MASSIMILIANO, italiano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. E-82.186.824, sobre unas bienhechurías consistentes en una vivienda construida en un terreno propiedad del solicitante según consta en documento debidamente protocolizado por ante la oficina de Registro Publico del Municipio Maneiro del estado Nueva Esparta, en fecha 25 de Julio de 1997, bajo el nro. 15, folio 80 al 82, protocolo primero, Tomo 11, Tercer Trimestre, Asiento Registral, del inmueble matriculado con el Nro. 393.15.1.12543 y correspondiente al libro de Folio real del año 2011, se deja a salvo los derechos de terceros de conformidad con el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y se advierte que la presente declara.....