III. DISPOSITIVO
En mérito de lo anteriormente expuesto este Tribunal DÉCIMO SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: la incompetencia por la materia en la presente SOLICITUD de JUSTIFICATIVO DE PERPETUA MEMORIA propuesta por la ciudadana NURIS ISABEL OLIVERO AREVALO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad alfanumérica Nº V-22.075.303, domiciliado en el Municipio la Concepción del estado Zulia, en consecuencia declina su competencia a un Tribunal de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Zulia – Sede Maracaibo.
SEGUNDO: Ordena remitir el presente expediente con oficio a la Unidad de Recepción y Di.....