PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos anteriormente este JUZGADO OCTAVO DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA CON SEDE EN MARACAIBO, administrando Justicia y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano FRANCISCO GREGORIO HERRADA HERRERA contra la empresa CENTRO CLINICO NAZARETH, por concepto de Cobro de Diferencia de Prestaciones Sociales.
SEGUNDO: Se ordena el pago por concepto de Diferencia de Prestaciones Sociales la cantidad de TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO BOLÍVARES CON NOVENTA Y SEIS CÉNTIMOS ( Bs. 384,96 ))
TERCERO: Se ordena la indexación correspondiente sobre las cantidades determinadas y acordadas por este tribunal por concepto de cobro de prestaciones sociales, en los términos expresados en la parte motiva del presente fallo definitivo.
CUARTO:. Se ordena el pago de intereses de mo.....