Por todos los fundamentos de hecho y de Derecho antes expuestos, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. Resuelve, PRIMERO: MANTENER la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad ordenada en fecha 09 de septiembre de 2010, por este Juzgado Tercero de Control, en contra del ciudadano FREDDY ANTONIO HUMANEZ BURGOS, quien es de nacionalidad venezolana, natural de El Vigía, Estado Mérida, de 22 años de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° 25.628.973, hijo de FREDDY ANTONIO HUMANEZ FLORES y ELIDA BURGOS (D), y residenciado en el sector Los Claros, casa de bloques, Parroquia Agustín Codazzi, Municipio Francisco Javier Pulgar del Estado Zulia, teléfono 04268673900 de la esposa del papá, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sanci.....