Por los fundamentos de hecho y de Derecho este Juzgado Séptimo de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA a la Ciudadana ZULEIDI DEL CARMEN BORRERO UZCATEGUI, Venezolana, Natural de Maracaibo, oficios del hogar, mayor de edad, titular de la cedula de identidad numero 10.425.941, de 30 años de edad, Fecha de Nacimiento 24-09-72, hijo de MARLENI JOSEFINA UZCATERGUI DE BORRERO Y JOSE ENRIQUE BORRERO AREVALO, residenciado en milagro sur, calle 202, casa no. 48D-52, Barrio Alí Primera, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, a cumplir la pena de TRES (3) AÑOS Y CUATRO (4) MESES DE PRISION MAS LAS ACCESORIAS DE LEY por la comisión del delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS previsto y sancionado en el artículo 36 de la Ley Orgánica sobre sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Vene.....