DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley declara:
• HOMOLOGADO el Convenimiento celebrado por el ciudadano MARCOS ALEXANDER ROMAN MATERANO, parte demandada en el juicio de COBRO DE BOLIVARES (VIA INTIMACION), con la parte demandante, ciudadano JORGE FRANCO, ambos plenamente identificados en actas.
• Se declara terminado el procedimiento.
Publíquese y regístrese esta resolución. Ofíciese al Estacionamiento Roma, C.A., para el retiro del vehículo antes descrito. Déjese copia certificada por Secretaría de la presente decisión a los fines legales previstos en los Artículos 3º y 9º del Artículo 72 de la Ley Orgánica del Poder judicial, y de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 248 del Código de Procedimiento Civil y 1.384 del Código Civil.