el Tribunal comprobado cómo ha sido el derecho que los solicitantes alegan, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara las anteriores actuaciones TITULO SUFICIENTE DE POSESIÓN, a favor de los ciudadanos ROSARIA PASQUASELENE OLIVIERI GRIGOLI y MARCO DANIEL JEREZ OLIVIERI, la primera de estado civil divorciada, el segundo soltero, ambos de nacionalidad venezolana, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad números V- 3.464.934 y V- 14.542.327, respectivamente, sobre un edificio de tres (3) niveles de construcción destinado a Comercio y Vivienda, denominado Edificio VERONA, construido sobre una (1) parcela de terreno igualmente de su propiedad, que se encuentra ubicada en el Sector Oriental de la ciudad de Pampatar, jurisdicción del Municipio Maneiro del Estado Nueva Esparta, inscrita en el Catastro Municipal bajo el Código 17-06-01-U01-001-037-006-000-000-001 (N° de Catastro PT-2.804, la cual tiene una.....