En aprecio a las consideraciones que preceden este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con Sede en Maracaibo y Competencia en el estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: SE DECRETA MEDIDA DE PROTECCIÓN A LA SEGURIDAD Y SOBERANÍA AGROALIMENTARIA DE LA POBLACIÓN, consistente en ochocientas una toneladas con ochocientos veinticinco kilogramos (801 TM con 825 Kg.) de leche en polvo en distintas presentaciones.
SEGUNDO: Se ACUERDA la comercialización INMEDIATA de ochocientas una toneladas con ochocientos veinticinco kilogramos (801 TM con 825 Kg.) de leche en polvo en distintas presentaciones, y a tal efecto:
a) Ordena a GENERAL DE ALIMENTOS NISA, C.A., (GENICA), que empaque 254,075 TM, 425 TM y 44,1 de leche en polvo 26% de uso industrial importada, ubicadas en el establecimiento Planta Colona, Centro de Distribución San Francisco y Centro de Distribución .....