DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal pasa a dictar sentencia PRIMERO: Vista la Admisión de hechos realizada por el Acusado se declara CULPABLE al ciudadano YHOIMAR DAVID GONZALEZ FONSECA, ................., por la comisión del delito VIOLENCIA SEXUAL EN GRADO DE FRUSTACION, previsto y sancionado en el artículo 43 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia en concordancia con el artículo 80 del Código Penal, en consecuencia se condena a cumplir la pena en CUATRO (04) AÑOS CON CINCO (05) MESES Y DIAS (10) DIAS DE PRISIÓN. SEGUNDO: Se mantiene la MEDIDA CAUTELAR DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD de conformidad con los artículos 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal TERCERO: Se mantienen las MEDIDAS DE PROTECCION Y SEGURIDAD dictadas a favor de la victima de las contenidas en el articulo 90 numerales 5.....