En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, éste Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la oposición planteada por la parte demandada, ciudadana MARITZA AVILA DE AVILA a la partición del bien que fue indicado en el libelo de la demanda.
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda de PARTICION interpuesta por los ciudadanos HECTOR JOSE SALAZAR VELASQUEZ, MELVI JOSE SALAZAR AVILA, HECTOR JOSE SALAZAR AVILA, JESSICA JOHANNA SALAZAR AVILA y JOSE GREGORIO SALAZAR AVILA en contra de la ciudadana MARITZA AVILA DE AVILA, ya identificados.
TERCERO: De conformidad con el artículo 778 del Código de Procedimiento Civil se emplaza a las partes involucradas en este proceso para el acto de nombramiento de partidor, el cual se llevará a efecto al décimo (10°) día de despacho siguien.....