convenimiento se le da carácter de cosa juzgada formal. Y así se decide.
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- DISPOSITIVA -
Por los fundamentos expuestos, este Juzgado de los Municipios Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Aprobado y Homologado el convenimiento celebrado en fecha nueve (9) de agosto de 2011, entre las partes, ciudadanos RENY JAVIER MENDOZA BRIÑEZ y RAYSINEE TELLO BÁEZ, antes identificados, en relación a la manutención y demás beneficios de desarrollo y atención que le corresponde a la niña ROXIBEL DEL CARMEN MENDOZA TELLO. En consecuencia, se le da el carácter de cosa juzgada formal al convenimiento. Queda terminado el juicio y conforme a lo acordado por las partes hágase la participación debida al Director de Personal o Recursos Humanos de la Empresa Carbones de la Guajira S.A., a los fines de que procedan a las retenciones que autori.....