DISPOSITIVO
Por los fundamentos antes expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO SÉPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara, lo siguiente:
1) La HOMOLOGACIÓN, del acto de autocomposición procesal, celebrado en fecha 29 de julio 2010 por las partes.
2) Se abstiene de archivar el expediente hasta tanto conste en auto.
Se deja constancia que la parte actora, estuvo asistida por los profesional del Derecho LUIS ALFONSO FERNANDEZ y GUILLERMO MONTIEL ISEA, inscritos en el Inpreabogado bajo las matrículas 6.893 y 83.288; y la parte demandada, estuvo representada por la profesional del derecho AURA M. ANDRADE, inscrita en el Inpreabogado bajo la matrícula 60728.
PUBLIQUESE y REGISTRESE.
Déjese copia certif.....