Por las razones y fundamentos expuestos este TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Extensión Cabimas, Administrando Justicia EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: SE DECRETA EL ARCHIVO JUDICIAL DE LAS ACTUACIONES que conforman la Causa VP11-P-2007-002390, seguida en contra de los imputados FRANCISCO RAFAEL MONTERO, DANY JOSE AGUAS CHIRINOS y JOSE ALBERTO HERNANDEZ CASTILLO, por el delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 453 ordinal 1° del Código Penal venezolano y consecuencialmente SE ORDENA EL CESE de la Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación de Libertad impuesta por este Tribunal, como lo es la establecida en el Articulo 256 Ordinales 3°, 4° y 9° del Código Orgánico Procesal Penal, ello de conformidad con lo establecido en el Articulo 314, en su último aparte, ejusdem. Regístrese y Notifíquese a las partes.