Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal del Municipio Piar de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, con base en los artículo 34 de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios y 890 del Código de Procedimiento Civil, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la demanda por DESALOJO por falta de pago de canon de arrendamiento, incoada por la ciudadana CARMEN ADELAIDA GARCIA PALMA, antes identificada, en contra de la ciudadana GREILYS ELENA DIAZ MAITA, antes identificada, de un inmueble ubicado en la Vía principal de la población de Chaguaramal Municipio Piar del Estado Monagas, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Vía principal; SUR: casa que es o fue ocupada por la señora Argelia González; ESTE: Casa que es o fue ocupada por la Sra. Rosa Maita; y OESTE: Casa que es o fue ocupada por la Sra. Arminda Alfonso, y así se declara.
Por haber resultado la parte demandante totalmente vencida en el presente juicio se co.....