Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la solicitud de perención de la instancia en la presente juicio solicitada por el ciudadano LENIN FIGUEROA, con el carácter acreditado en autos, de conformidad con el artículo 267 ordinal 1° con del Código de Procedimiento y en concordancia con Sentencia reiteradas de la Sala de Casación Civil del año dos mil cuatro].-
Dada la naturaleza jurídica del fallo no hay condenatoria en costas.-