Pues bien, este Despacho Judicial en virtud del pedimento solicitado, y de una revisión exhaustiva de las actas procesales que conforman el presente expediente ( Pieza Principal y Pieza de Medida); constata que en fecha 21 de junio de 2005 se dicto Sentencia de Mérito, donde se declaro con lugar la demanda, quedando así resuelto el contrato objeto de la presente acción; siendo notificadas las partes de la sentencia dictada, y por cuanto que las mismas no ejercieron los recursos pertinentes, el fallo quedo definitivamente firme.
En consecuencia, este Órgano Jurisdiccional, suspende la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar, decretada en fecha 23 de Enero de 1995, sobre un lote de terreno ubicado en el Sector Los Tres Locos, Jurisdicción del antiguo Municipio Doctor Jesús Enrique Lossada del Estado Zulia, hoy Parroquia Raúl Leoni del Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia; cuyos linderos: NORTE: Camino Vecinal y propiedades que son o fue ron de Poliwska Ferrer Arriech.....