Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara formalmente SECUESTRADO, el bien mueble anteriormente identificado, haciéndole formal entrega del mismo, al Secuestratario Judicial designado, C.A, LA CASA ELECTRICA, representada en este acto por su apoderado Judicial Gonzalo Velásquez, quién lo recibe en éste acto.