1°) IMPROCEDENTE la MEDIDA AUTÓNOMA DE PROTECCIÓN A LA PRODUCCIÓN AGROALIMENTARIA, solicitada por la sociedad mercantil AGROPECUARIA RIO CHIMOMO, S.A., inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha dos (02) de abril de dos mil uno (2001), anotado bajo el N° 54, Tomo 17-A, sobre un rebaño conformado por CUATROCIENTOS CINCUENTA Y UN (451) ANIMALES BOVINOS en condiciones corporales y de sanidad que oscilan entre regulares y buenas condiciones, dedicados a la producción de leche y carne, que permanecen en el fundo agropecuario denominado "SANTA MARÍA", ubicado en el sector San Francisco del Pino, parroquia Monseñor Arturo Celestino Álvarez, municipio Sucre del estado Zulia, el cual consta de una superficie aproximada de DOSCIENTAS NOVENTA Y SIETE HECTÁREAS CON SETECIENTOS OCHENTA Y OCHO METROS CUADRADOS (297,788 Has/Mts²), comprendida dentro de los siguientes linderos: Norte: con terrenos ocupados por predios San Antonio de Padua, San.....