"En fuerza de las anteriores consideraciones, esta Jueza del Tribunal Primero de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por incoada por los ciudadanos MARLYN DEL VALLE MILLAN VASQUEZ y CARLOS EDUARDO MORALES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V.- 12.920.040 y V.- 14.359.251 respectivamente, asistidos de los abogados en ejercicio NORELIS ROMERO VELASQUEZ y FRANCISCO SANCHEZ, inpreabogados números 26.294 y 229.566, mediante la cual solicitan se declare el Divorcio conforme a la interpretación realizada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia de fecha 02.06.2015 respecto del articulo 185 del Código Civil; y como consecuencia de ello, DISUELTO EL VINCUL.....