Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 30 de julio de 2010, por la abogada ANA VICTORIA ESPINOZA, actuando en su condición de apoderada judicial de la ciudadana ISBELIA JOSEFA PEREIRA PEREIRA, contra la decisión dictada por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en fecha 27 de julio de 2010, en el juicio que por RETRACTO LEGAL ARRENDATICIO, sigue la ciudadana ISBELIA JOSEFA PEREIRA PEREIRA, contra los ciudadanos EDUARDO CRISTALINO ARENA, LUIS GUILLERMO CRISTALINO SANTANA, MARÍA AUXILIADORA ARÉNA DE CRISTALINO y EDUARDO ENRÍQUE GALET, y en contra la de la Sociedad Mercantil CONDOMINIO MARACAIBO S.R.L., todos plenamente identifi.....