En mérito de las razones expuestas, esta Sala No. 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación de autos interpuesto por el profesional del derecho FRANKLIN GUTIÉRREZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 69.833, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano LEONARDO ALBORNOZ, portador de la cédula de identidad No. 11.738.286.
SEGUNDO: SE ANULA la decisión No. 064-12, de fecha 3 de febrero de 2012, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, mediante la cual el tribunal de instancia acordó la devolución en plena propiedad del vehículo de las siguientes características: MARCA: TOYOTA, TIPO: TECHO DURO, MODELO: LAND CRUISER, COLOR: AMARILLO Y BLANCO, PLACA: XAX172, SERIAL DE CARROCE.....