Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO SÉPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la pretensión por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO incoada por la ciudadana LUISAURA HERNÁNDEZ AVIOL en contra de la ciudadana JANE LEE DIAZ PUCHE, ambas partes plenamente identificadas en las actas procesales; en consecuencia se condena a la parte demandada, en lo siguiente:
PRIMERO: A pagar la cantidad de Mil Cincuenta Bolívares (Bs.1.050,00), por concepto de cánones de arrendamientos vencidos y no pagados de los meses de agosto, septiembre, octubre noviembre y diciembre de 2008, enero y febrero de 2009.
SEGUNDO: A resolver el contrato de arrendamiento suscrito ante la Notaría Pública Décima Primera de Maracaibo, de fe.....