Por los fundamentos y argumentos de Derecho antes expuestos, este JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA 1.-LA EXTINCIÓN DE LA PENA por cumplimiento de la misma, por haber cumplido la pena principal, 2.DESAPLICA LA SUJECIÓN A LA VIGILANCIA de la Autoridad Civil, 3.- y pasa la presente causa en AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, a favor del ciudadano MANUEL DE JESUS HERNÁNDEZ GUILLEN, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.495.969, de Nacionalidad Venezolano, natural de Maracaibo, de 27 años de edad, de estado civil soltero, residenciado en la Invasión de nombre Cuatricentenario, por los fondos de los patrullero, calle y casa S/Nº Municipio Maracaibo Estado Zulia, ordenando su remisión al Archivo Judicial en su debida oportunidad legal, todo de conformidad con lo dispuesto en el Ar.....