DECISIÓN
En virtud los hechos y fundamentos antes expuesto, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CATATUMBO Y JESUS MARIA SEMPRUN DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia el Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, en atención y aplicación de los artículos 12, 29 al 39, 69, 242, 243, del Código de Procedimiento Civil, así como de la RESOLUCIÓN N° 2023-0001 de fecha 24 de mayo de 2023, emitida por el Tribunal Supremo de Justicia, declara:
PRIMERO: INCOMPETENTE POR LA CUANTIA para conocer del escrito de DEMANDA POR REIVINDICACION DE UN INMUEBLE establecido en el artículo 548 del código civil venezolano, presentado por la accionante ciudadana: BELKIS GARCIA, Venezolano, mayor de edad, soltera, comerciante, titular de la cedula de identidad N° V- 16.165.716, Domiciliada en la Calle 3, casa N°1-40, del Sector Jaime Medina, Jurisdicción de la Población del Guayabo Munici.....