Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR EL ARTÍCULO 185-A DEL CÓDIGO CIVIL, propuesta por los ciudadanos GUSTAVO JOSUÉ RIVERO QUINTERO y ESTHER ROSA CARRASCO DE RIVERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-14.235.203 y V-14.181.368 respectivamente, el primero con domicilio en esta Ciudad de Cabimas y la segunda en el Municipio Valmore Rodríguez del Estado Zulia, asistidos por el Abogado en ejercicio JULIO AÑEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 41.730, y en consecuencia, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL por ellos contraído el día veintitrés (23) de Julio de 1994, por ante el Jefe Civil de la Parroquia Dr. Raúl Cuenca, del Municipio Autonomo Valmore Rodríguez del E.....