DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO SÉPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: La PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el juicio que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO sigue la sociedad mercantil FAVRI MUEBLES, COMPAÑÍA ANONIMA, también distinguida comercialmente como FAVRIMUEBLES C. A., inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha diez (10) de diciembre del año mil novecientos noventa y uno (1991), bajo el número 28, Tomo número 34-A y domiciliada en el Municipio Maracaibo del estado Zulia; contra los ciudadanos JESSICA JOSEFINA MUJICA HERRERA y ARLIS ANTONIO OCHOA MOLINA, venezolanos, mayores de edad, titulares de .....