En consecuencia, y en aplicación del artículo 206 ejusdem, este Tribunal, repone la presente causa al estado en que tenga lugar el acto de contestación de la demanda, el cual tendrá lugar al segundo (2) día de despacho, siguiente a que conste en autos la notificación de las partes de la presente decisión. Cúmplase.-
EL JUEZ,
DR: LEONARDO J: IRIBARREN URDANETA.-
LA SECRETARIA,
ROMA FERNANDEZ GUTIERREZ.-
LJIU
Exp Civil Nº 08-2541