DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Sexto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Sexto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA POR IMPROCEDENTE LA MEDIDA OPTADA DE CONFINAMIENTO al Penado JUAN JOSE ZABALA C.I. V- 7.840.634, actualmente recluido en la Cárcel Nacional de Maracaibo, por cuanto no cumple con todos los requisitos previstos en los Artículos 53 y 56 del Código Penal. Regístrese y notifíquese.-Solicitese el traslado del penado para el día martes 15-06-04 a las diez de la mañana, a los fines de que se de por notificado de esta decisión.
en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA POR IMPROCEDENTE LA MEDIDA OPTADA DE CONFINAMIENTO al Penado JUAN JOSE ZABALA C.I. V- 7.840.634, actualmente recl.....