Siendo la oportunidad legal contenida en la última parte del artículo 365 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal Unipersonal de Juicio N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley condena a los ciudadanos: WILSON LOPEZ, MARCELINO RAMON MATA, LUIS RAFAEL VILLARROEL y NELSON ENRIQUE RODRIGUEZ MATA ya identificados, a cumplir la pena de DOS (2) AÑOS DE PRISION, mas las accesorias de Ley conforme al artículo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 36 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, por el cual los acusó la representación fiscal, en aplicación de los artículos 37, 74 ordinal 4° del Código Penal, en concordancia con el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal. Haciendo la siguiente aclaratoria: 1- A WILSON LOPEZ y MARCELINO RAMON MATA, por cua.....