PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1. CON LUGAR la demanda de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN incoada por la ciudadana GÉNESIS PATRICIA PEREIRA SARCOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 24.265.009, en contra del ciudadano CARLOS LUIS GRATEROL PEÑA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 10.400.842, en beneficio del hijo en común el niño (SE SUPRIME SU IDENTIDAD DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), nacido en fecha 4 de julio de 2017, en consecuencia, este tribunal FIJA por concepto de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN que deberá cumplir el ciudadano CARLOS LUIS GRATEROL PEÑA en favor de .....