Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara Improcedente la presente demanda de ESTIMACION E INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES JUDICIALES Y EXTRAJUDICIALES, por ser contraria a derecho y por inepta acumulación de pretensiones, que fuere intentada por el ciudadano LUIS RONDON, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 4.024.346, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 148.689, debidamente asistido por la abogada en ejercicio CRISEIDA VALLENILLA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 14.832, contra SOCIEDAD MERCANTIL INSTRUMENTACION Y SERVICIOS VENETEK, C.A, inscrita ante la Oficina de Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en fecha ocho (8) de agosto del año 2.005, bajo el N° .....