DECLARA:
• Consumado el Acto Procesal del Convenimiento de Obligación de Manutención, celebrado entre los ciudadanos YENNY BELL ITURBE CALDERA y JESUS ALEXANDER SANCHEZ, titulares de las cédulas de identidad Nos. 15.659.457 y 14.738.891 respectivamente, en de los niños LUIZ FABIANO y FABIANA SOFIA SANCHEZ ITURBE, y pasándolo en autoridad de cosa juzgada, y en consecuencia QUEDA APROBADO Y HOMOLOGADO el referido convenimiento transcrito en la parte narrativa de esta decisión.
• Por acuerdo entre las partes se ordena oficiar a la Empresa Galletera Independencia C.A., a los fines de informarle que se suspendan las Medidas de Embargo decretadas en fecha 21 de Marzo de 2013.
• En consecuencia este Tribunal suspende las medidas preventivas de Embargo decretadas en fecha 21 de Marzo de 2013.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada por secretaria.